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LA AEDV ALZA LA VOZ CONTRA EL INTRUSISMO
Por Nueva Estética
Ante la interpretación pública de la reciente sentencia del Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid sobre la administración de ácido hialurónico por parte de profesionales sanitarios no médicos, la Academia Española de Dermatología y Venereología (AEDV) y la Organización Médica Colegial (OMC) ponen de manifiesto que esta práctica es un acto médico y como tal requiere una valoración clínica, un diagnóstico previo y un control especializado, y que sólo la pueden realizar médicos debidamente cualificados.
La infiltración de materiales como el ácido hialurónico no es un acto inocuo, puede generar complicaciones, que exigen la intervención y el seguimiento por parte de un médico, y debe realizarse siempre bajo criterios de seguridad y excelencia clínica.
La Dra. Yolanda Gilaberte, presidenta de la AEDV, explica que La infiltración de ácido hialurónico requiere una historia clínica detallada, una valoración médica individualizada y un diagnóstico preciso. Los dermatólogos estamos específicamente formados para realizar estos procedimientos, con todas las garantías de seguridad y eficacia.
Finalmente, en relación a la mencionada sentencia, la AEDV y la OMC aclaran que en ella no se habilita a otros profesionales sanitarios para realizar infiltraciones de ácido hialurónico. Dicha resolución absuelve del delito de intrusismo a dos enfermeras que realizaban este procedimiento, no porque se entienda que pueden administrar ácido hialurónico, sino porque para que se dé este delito ha de haber dolo, es decir se ha de tener conciencia de estar cometiendo una ilegalidad. El Juzgado de lo Penal entiende que no podía ser así, dado que la denuncia fue anterior a la Sentencia del Tribunal Supremo de mayo de 2021 en la que se anulaba la resolución del Consejo de Enfermería donde los enfermeros se atribuían como propia esa competencia.












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